Visados y residencia en Portugal

La legislación portuguesa ha evolucionado considerablemente para aumentar las opciones de los nacionales de terceros países para fijar su residencia en Portugal. Cada vez son más los extranjeros, de terceros países y de otros países europeos, que eligen Portugal como destino para vivir.

Por lo tanto, para poder solicitar un visado o un permiso de residencia en Portugal será necesario, entre otros requisitos específicos para cada tipo de visado y permiso de residencia, que los ciudadanos de terceros países no tengan prohibida la entrada en Portugal, dispongan de medios de subsistencia, de un documento de viaje válido, así como de un seguro de viaje.

Tipos de visados:

En cuanto a los tipos de visados para la entrada legal de Ciudadanos Extranjeros en Portugal, existen esencialmente tres:

Este visado tiene por objeto permitir a su titular la entrada en Portugal y puede ser solicitado para tránsito, turismo (por ejemplo, Visado Schengen) y para visitar o acompañar a familiares titulares de un visado de estancia temporal.

El visado puede ser expedido con validez de un año y para una o más entradas, siempre que ni la duración de una estancia continuada ni la duración total de estancias sucesivas exceda de 90 días por 180 días a partir de la fecha del primer cruce de una frontera exterior.

Se destina a los ciudadanos de terceros países que deseen entrar y permanecer en Portugal por un período inferior a un año, para las siguientes finalidades:

  1. Visado de estancia temporal para tratamiento médico;
  2. Visado de estancia temporal para acompañamiento de familiares en tratamiento médico;
  3. Visado de estancia temporal para el traslado de ciudadanos nacionales de Estados de la Organización Mundial del Comercio, en el ámbito de la prestación de servicios o de la formación profesional en Portugal;
  4. Visado de estancia temporal para el ejercicio de una actividad profesional independiente;
  5. Visado de estancia temporal para ejercer actividad de investigación científica; actividad docente en institución de enseñanza superior o actividad altamente cualificada por un período inferior a 1 año;
  6. Visado de estancia temporal para el ejercicio de una actividad deportiva de carácter aficionado, si bien ésta deberá ser certificada por la federación respectiva, siempre que el club o asociación deportiva se haga cargo del alojamiento y de la asistencia sanitaria;
  7. Visado de estancia temporal para períodos de estancia superiores a 3 meses; asistencia a programas de estudios, intercambio de estudiantes, prácticas profesionales no remuneradas, voluntariado;
  8. Visado de estancia temporal para trabajos de temporada por períodos superiores a 90 días (y máximo 270 días);
  9. Visado de estancia temporal para la asistencia a cursos en un centro docente o de formación profesional;
  10. Visado de estancia temporal para acompañar a familiares del solicitante de un visado de estancia temporal;
  11. Visado de estancia temporal para ejercer una actividad profesional a distancia, es decir, «nómadas digitales».

El visado de residencia está destinado a todos los ciudadanos que pretendan venir a Portugal por un período superior a un año y permite a su titular entrar en Portugal para solicitar un permiso de residencia y establecer su residencia en Portugal. Para todos los visados de residencia, el solicitante necesita probar que dispone de medios financieros en territorio portugués y una prueba de alojamiento que puede ser una reserva de hotel o un contrato de alquiler/arrendamiento.

En cuanto a los tipos de visado de residencia, pueden ser solicitados para las siguientes finalidades:

  • Visado de residencia para ejercicio de actividad profesional subordinada (Visado D1): En general, la concesión de este visado de residencia para Portugal depende de la existencia de oportunidades de empleo que no hayan sido cubiertas, por lo que es necesario que la vacante haya sido publicada y que se haya realizado un proceso de selección de acuerdo con la legislación portuguesa. Para solicitar este tipo de visado de residencia, el solicitante necesita presentar un Contrato de Trabajo o Contrato de Promesa de Trabajo con una empresa en Portugal, y debe tener una validez superior a 9 meses.
  • Visado de Residencia para el ejercicio de actividad profesional independiente o para inmigrantes emprendedores y visados Start up (Visado D2):

    1. Actividad profesional independiente: Para solicitar un visado de residencia como profesional independiente el solicitante deberá presentar, junto con otros documentos, un Contrato de Prestación de Servicios o propuesta de Contrato de Prestación de Servicios con una empresa en Portugal, que deberá tener una validez superior a 9 meses.
    2. Inmigrantes emprendedores y visados Start up: Debe ser solicitado por inmigrantes emprendedores, con el objetivo principal de conceder un permiso de residencia a extranjeros que hayan invertido en Portugal (por ejemplo: a través de la creación de una sociedad mercantil). La aprobación o denegación de la solicitud de visado tendrá en cuenta la relevancia económica y social de la inversión realizada o propuesta. Para solicitar un Visado Start Up será necesario desarrollar un proyecto empresarial, que incluirá la creación de una empresa de base innovadora, integrada en una incubadora certificada en los términos definidos por el Gobierno portugués. Por lo tanto, el hecho de haber constituido una sociedad mercantil en Portugal no es, por sí solo, garantía de concesión del visado. Los solicitantes de este tipo de visado también deben demostrar, por cualquier medio, la intención de realizar una operación de inversión en Portugal.
  • Visado de residencia para actividad docente, actividad altamente cualificada o cultural y actividad altamente cualificada ejercida por trabajador subordinado (visado D3):

      1. Actividad docente: Se dirige a extranjeros que vayan a ejercer actividades docentes en Portugal por un período superior a 9 meses. Para solicitarlo, el solicitante necesita presentar el Contrato de Trabajo o un Contrato de Promesa de Empleo con una Escuela/Universidad portuguesa.
      2. Alta cualificación o actividad cultural: Es para extranjeros que vayan a desarrollar una actividad altamente cualificada o actividades culturales por un periodo superior a 9 meses. Para solicitarlo, el solicitante necesita presentar el Contrato de Trabajo o un Contrato de Promesa de Empleo.
      3. Actividad altamente cualificada ejercida por un trabajador por cuenta ajena: Está dirigido a solicitantes altamente cualificados que hayan suscrito un Contrato de Trabajo o Promesa de Contrato de Trabajo con una empresa en Portugal. Este contrato debe tener una validez mínima de 1 año, y al que corresponda una remuneración anual de al menos 1,5 veces el salario medio bruto anual nacional o tres veces el valor del índice de apoyo social (IAS).
  • Visado de Residencia para investigación, estudio, intercambio escolar, prácticas y voluntariado (Visado D4):

    • Investigación/estudio: Es para los solicitantes que vayan a realizar actividades en el ámbito de la investigación y/o estudios por periodos superiores a 1 año.
    • Intercambios de Secundaria: Esto es para los solicitantes que realizarán un intercambio de escuela secundaria por un período superior a 1 año.
    • Prácticas y voluntariado: Esto es para los solicitantes que vayan a realizar prácticas/actividades de voluntariado por periodos superiores a 1 año.
  • Visado de residencia por reagrupación familiar (visado D6):

Este visado está destinado a las solicitudes de reagrupación familiar. Se aplica a los miembros de la familia de titulares de permisos de residencia válidos. Los documentos esenciales que deben presentarse son, además de los generales, los que acrediten el parentesco. Para solicitar este visado, también es necesario presentar la «notificación de aceptación de la reagrupación familiar» expedida por Serviços de Estrangeiros e Fronteiras (SEF) en Portugal.

  • Visado de residencia para jubilados, religiosos y titulares de rentas pasivas (Visado D7):

Para este visado, los solicitantes deben demostrar ingresos suficientes y disponibles para vivir en Portugal. Así, de acuerdo con el Gobierno portugués, los importes que deben presentarse son los siguientes 100% del Salario Mínimo vigente en Portugal para el Titular del Visado; 50% del Salario Mínimo vigente en Portugal para mayores de edad a reagrupar; 30% del Salario Mínimo vigente en Portugal para menores o familiares con alguna incapacidad, a reagrupar.

Otro documento común y muy importante que debe ser presentado es la Carta de Presentación, donde el solicitante debe exponer su motivación personal para fijar su residencia en Portugal.

      1. Jubilación: Se dirige a los solicitantes jubilados que desean vivir en Portugal teniendo su jubilación como medio de subsistencia.
      2. Titulares de rentas pasivas: Se dirige a Nacionales de Terceros Países que pretendan residir en Portugal teniendo como medio de subsistencia sus ingresos procedentes de actividades no laborales, es decir, rentas pasivas, tales como alquileres, cánones, dividendos, aplicaciones financieras, etc.
      3. Religioso: Destinado a extranjeros que pretendan residir en Portugal para ejercer una actividad religiosa.
  • Visado de Residencia para Acompañar a Familiares del Solicitante de Visado de Residencia:

    Para familiares (cónyuges, hijos menores, dependientes legales, etc.) de solicitantes de visado de residencia.

  • Visado de Residencia por trabajo a distancia – «nómadas digitales» (Visado D8):

    Dirigido a extranjeros cuya actividad profesional se desarrolle o pueda desarrollarse a distancia. El solicitante deberá presentar el Contrato de Trabajo a Distancia o cualquier documento que acredite la autorización de la empresa para ejercer la profesión a distancia, en país distinto al de origen. El contrato debe tener una duración superior a 1 (un) año.

  • Visado de Residencia para demandante de empleo:

    Destinado a Nacionales de Terceros Países que deseen trabajar en Portugal, este visado se expide con una validez de hasta 120 días, prorrogable por 60 días más. El visado de búsqueda de trabajo permite a su titular entrar y permanecer en Portugal con la finalidad de buscar trabajo y le autoriza a ejercer actividades laborales dependientes, hasta el último día de validez del visado o hasta la expedición del permiso de residencia.La expedición de este visado presupone la concertación de una cita con los Serviços de Estrangeiros e Fronteiras (SEF) portugueses para solicitar un permiso de residencia, dentro del plazo de validez de 120 días del visado, y da derecho al solicitante, tras el establecimiento y formalización de la relación laboral dentro de ese plazo, a solicitar un permiso de residencia. Una vez expirado el plazo máximo de validez del visado para buscar trabajo sin que se haya establecido una relación laboral y se haya iniciado el proceso para solicitar un permiso de residencia, el titular del visado debe abandonar el país.

    En estas situaciones, el titular sólo podrá solicitar un nuevo visado para este fin un año después de la expiración del visado anterior.

Permiso de residencia

El permiso de residencia es el documento que permite a los ciudadanos extranjeros residir y trabajar en Portugal durante un período de tiempo determinado o indeterminado.

Existen dos tipos de permiso de residencia:

Es un permiso de residencia que permite a los ciudadanos extranjeros residir y trabajar en Portugal durante un determinado período de tiempo. Por regla general, este permiso de residencia es válido por un período de dos años, a partir de la fecha de expedición del respectivo título, renovable por períodos sucesivos de tres años.

No obstante, el permiso de residencia deberá renovarse siempre que se produzca un cambio en los elementos de identificación registrados en el mismo.

es un permiso de residencia que permite a los ciudadanos extranjeros residir y trabajar en Portugal durante un período de tiempo. El permiso de residencia permanente no tiene limitaciones de validez, sin embargo, debe ser renovado cada cinco años o siempre que haya cambios en los elementos de identificación personal registrados.

El permiso de residencia permanente puede solicitarse siempre que el extranjero cumpla todos los requisitos siguientes:

  1. Haber sido titular de un permiso de residencia temporal durante al menos cinco años;
  2. Durante los últimos cinco años de residencia en territorio portugués no haber sido condenado por pena o penas que, individual o acumulativamente, excedan de un año de prisión, aunque, en el caso de condena por delito doloso previsto en la presente ley o conexo a él, o por delito de terrorismo, delito violento o especialmente violento o altamente organizado, la respectiva ejecución haya sido suspendida;
  3. Disponer de medios de subsistencia, en los términos definidos por ordenanza;
  4. Tener alojamiento en Portugal;
  5. Acreditar conocimiento de portugués básico (nivel A2).

Ciudadanía

Por otro lado, los extranjeros que residan legalmente en Portugal desde hace 5 años también pueden solicitar la nacionalidad portuguesa. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser mayores de edad o estar emancipados conforme a la legislación portuguesa;
  2. Haber residido legalmente en Portugal durante al menos cinco años;
  3. Tener conocimiento suficiente de la lengua portuguesa (nivel A2);
  4. No haber sido condenados, con sentencia in rem judicatum, a pena privativa de libertad igual o superior a tres años por delito punible con arreglo a la legislación portuguesa;
  5. No constituyan peligro o amenaza para la seguridad o defensa nacional, por su implicación en actividades relacionadas con la práctica del terrorismo, de acuerdo con la respectiva ley.

En este sentido, a efectos del cómputo de los períodos de residencia legal, se considera la suma de todos los períodos de residencia legal en Portugal, consecutivos o interpolados, siempre que se hayan producido en un intervalo máximo de 15 años.

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